sábado, 4 de octubre de 2008

La casita del terror

Las cosas en el 5 Estrellados estan turbias. Se resperia un espectral ambiente.
Mi sospecha se ha disparado cuando vi por los alrededores a Mulder y Scully fisgoneando entre los restos de la boda del sabado mientras procesaba reservas a nombre de una tal "Organizacion de detectives".
El silencio se a apoderado de las lenguas mas biperinas del lugar, algo extraño dada su aficion por vomitar basura platonica.
Me llamo la atencion cuando al llegar al hotel dias pasado ante un simple "Hola", me contestaron:"Yo no se nada, lo juro, no me tortureis!, para luego salir corriendo entre llantos.
Mas extraño me resulto una luz roja parpadeante en la solapa de un jefe al que antes aqui llamabamos "persona de baja estatura de malhumor" y una poco habitual simpatia para con mi persona.
De pronto, el ordenador que nunca funciono correctamente ahora funciona y hasta Windows se ejecuta correctamente.
Cosas extrañas estan ocurriendo en el 5 Estrellados, cosas sin explicacion logica (aunque pensandolo, hay algo que sea logico en este hotel?). Historias sin sentido como los derechos sindicales y el fantasma de la cuarta planta se entremezclan con la realidad haciendose eco entre el personal.
Iker Jimenez, sin ir mas lejos, ha reservado una habitacion en el hotel, dice que es para un especial que se llamara:"Derechos del trabajador, bulo o realidad?". Segun nos comento el señor Iker Jimenez, el caso que esta investigando esta a la altura de "La chica de la curva" y "la champions league de la economia y la presencia española".
Extrañamente ahora, los clientes del hotel ya no piden bocadillos a las tantas de la madrugada ni solicitan un curso de como abrir la ducha, ahora, corroidos por el panico, tan solo duermen.
Por la noche se suelen escuchar quejidos que provienen del subsuelo. Lamentos que desgarrarian a cualquier mortal con algo de sangre en las venas. Yo prefiero recluirme en mi recepcion, que hay mucha luz y gracias a mis queridos jefes esta siendo monitorizada con camaras y microfonos, eso si, sin el concentimiento de ninguno de los que alli trabajamos...
No se porque ahora se me vino una ley a la cabeza...

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
TÍTULO X.
DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD, EL DERECHO A LA PROPIA IMAGEN Y LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO.
CAPÍTULO I.
DEL DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETOS.

Artículo 197.

1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

2. Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.

3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores.

Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo anterior.

4. Si los hechos descritos en los apartados 1 y 2 de este artículo se realizan por las personas encargadas o responsables de los ficheros, soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, archivos o registros, se impondrá la pena de prisión de tres a cinco años, y si se difunden, ceden o revelan los datos reservados, se impondrá la pena en su mitad superior.

5. Igualmente, cuando los hechos descritos en los apartados anteriores afecten a datos de carácter personal que revelen la ideología, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, o la víctima fuere un menor de edad o un incapaz, se impondrán las penas previstas en su mitad superior.

6. Si los hechos se realizan con fines lucrativos, se impondrán las penas respectivamente previstas en los apartados 1 al 4 de este artículo en su mitad superior. Si además afectan a datos de los mencionados en el apartado 5, la pena a imponer será la de prisión de cuatro a siete años.


Si es que a veces, los fantasmas no tienen porque estar muertos...aunque deberian!

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola como estas? te cuento que me encanto tu relato y mas aun tu blog.Te mando besos....la princesa culona.
QUIERES INTERCAMBIAR ENLACES?

PERVERT dijo...

Buen blog chaval,yo soy el novio de la princesa.SALUDOS PERVERT.

Sick dijo...

Uno ya no puede ni tirarse un pedo tranquilo sin que alguien esté mirando o escuchando. Si dejas ir gases, hazlo mirando a cámara. Malditos sean!

Muaaaks!